Canal Ético

Si tienes información o sospechas razonables de que se ha producido o puede producirse una infracción en nuestra organización, envíanos toda la información al respecto.

Si utilizas nuestro Canal Ético, nuestros expertos valorarán la exactitud de las alegaciones y realizarán todas las investigaciones necesarias para resolver la infracción denunciada.

El Canal Ético se rige por las siguientes normas, que el denunciante acepta al presentar su comunicación.

  • Su finalidad es permitir la comunicación de infracciones cometidas o que puedan cometerse en el ámbito de la entidad, entendiendo por infracción cualquier actuación contraria a la ley, a las políticas internas o a los usos socialmente aceptados, quedando prohibido cualquier otro uso.
  • La presentación de una comunicación inicia un proceso de investigación, por lo que el denunciante se compromete a aportar información veraz o basada en indicios razonables, archivándose automáticamente las denuncias manifiestamente falsas, sin fundamento o de contenido imposible.
  • No se admiten comunicaciones repetitivas que no aporten información o pruebas nuevas.
  • Si se detectan indicios de delito, se suspenderá el procedimiento interno y se informará a las autoridades competentes.
  • El denunciante podrá aportar la información que considere relevante, respetando siempre los derechos fundamentales de las personas implicadas, y cualquier prueba obtenida vulnerando dichos derechos será eliminada y no tenida en cuenta.
  • La investigación será realizada por una persona u órgano imparcial designado por la entidad, que podrá solicitar información adicional al denunciante.
  • Finalizada la investigación, se emitirá un pronunciamiento sobre los hechos y, en su caso, recomendaciones para prevenir situaciones similares, sin que ello suponga una declaración definitiva de infracción, pudiendo también recomendar la comunicación a las autoridades.
  • No caben recursos contra resoluciones ya finalizadas, aunque podrán presentarse nuevas comunicaciones si se aportan pruebas adicionales.
  • La entidad resolverá en un plazo máximo de tres meses e informará al denunciante sobre las actuaciones relevantes relacionadas con el caso.
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