Canal Ético

Si tienes información o sospechas razonables de que se ha producido o puede producirse una infracción en nuestra organización, envíanos toda la información al respecto.

Si utilizas nuestro Canal Ético, nuestros expertos valorarán la exactitud de las alegaciones y realizarán todas las investigaciones necesarias para resolver la infracción denunciada.

Coméntanos en este apartado toda la información o sospechas razonables que tengas en relación con la infracción que se ha cometido o que muy probablemente se vaya a cometer. Una descripción extensa y precisa contribuirá a resolver el proceso de manera más ágil, así que tómate tu tiempo y apórtanos la mayor cantidad de información posible.
AVISO IMPORTANTE:Puedes finalizar el proceso sin revelar tu identidad, así que NO estás obligado a cumplimentar este apartado
Los datos personales que incluyas en este formulario serán usados para gestionar la información sobre infracciones que estás comunicando, lo que nos permite el uso de la información dentro de la legalidad. Únicamente el instructor o facilitador del procedimiento tendrá conocimiento de la información que proporcionas, la cual no se comunicará a terceros salvo que una norma con rango de ley así lo establezca. Tampoco está prevista la transferencia de su información personal fuera del Espacio Económico Europeo. Los datos que proporciones se conservarán durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos denunciados, si bien se suprimirá la totalidad de la información del canal de denuncias una vez transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de la denuncia.

El Canal Ético se rige por las siguientes normas, que el denunciante acepta al presentar su comunicación.

  • Su finalidad es permitir la comunicación de infracciones cometidas o que puedan cometerse en el ámbito de la entidad, entendiendo por infracción cualquier actuación contraria a la ley, a las políticas internas o a los usos socialmente aceptados, quedando prohibido cualquier otro uso.
  • La presentación de una comunicación inicia un proceso de investigación, por lo que el denunciante se compromete a aportar información veraz o basada en indicios razonables, archivándose automáticamente las denuncias manifiestamente falsas, sin fundamento o de contenido imposible.
  • No se admiten comunicaciones repetitivas que no aporten información o pruebas nuevas.
  • Si se detectan indicios de delito, se suspenderá el procedimiento interno y se informará a las autoridades competentes.
  • El denunciante podrá aportar la información que considere relevante, respetando siempre los derechos fundamentales de las personas implicadas, y cualquier prueba obtenida vulnerando dichos derechos será eliminada y no tenida en cuenta.
  • La investigación será realizada por una persona u órgano imparcial designado por la entidad, que podrá solicitar información adicional al denunciante.
  • Finalizada la investigación, se emitirá un pronunciamiento sobre los hechos y, en su caso, recomendaciones para prevenir situaciones similares, sin que ello suponga una declaración definitiva de infracción, pudiendo también recomendar la comunicación a las autoridades.
  • No caben recursos contra resoluciones ya finalizadas, aunque podrán presentarse nuevas comunicaciones si se aportan pruebas adicionales.
  • La entidad resolverá en un plazo máximo de tres meses e informará al denunciante sobre las actuaciones relevantes relacionadas con el caso.
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